
22 de julio, 2026.
La Corte Suprema de Justicia revocó la absolución de un hombre acusado de acceso carnal violento y hurto calificado, al considerar acreditado que sometió a una menor de edad mediante engaños, amenazas y violencia psicológica. Según los hechos probados, el procesado utilizó una falsa oferta laboral para ganarse la confianza de la víctima y posteriormente la intimidó con un arma de fuego, situación que culminó en la agresión sexual y el apoderamiento de sus pertenencias.
La decisión resulta relevante porque la Sala Penal cuestionó expresamente el razonamiento del tribunal de segunda instancia, el cual había otorgado relevancia a la ausencia de resistencia física de la víctima para inferir la existencia de consentimiento. La Corte reiteró que, en contextos de intimidación y amenazas, no puede exigirse a la víctima una reacción determinada ni asumir que la falta de oposición material implica aceptación del acto sexual, pues ello desconoce las dinámicas propias de la violencia basada en género.
En ese sentido, el fallo reafirma la necesidad de valorar los delitos sexuales con perspectiva de género y libres de estereotipos, atendiendo integralmente el contexto en que ocurrieron los hechos. Para la Corte, las amenazas y la situación de vulnerabilidad de la víctima anulaban cualquier posibilidad de consentimiento libre y válido, razón por la cual concluyó que la responsabilidad del acusado se encontraba demostrada más allá de toda duda razonable y confirmó la condena impuesta.
Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Sentencia, SP-1882026 (60773), 15/04/2026.
Directora Ejecutiva.
