
22 de julio, 2026.
El Ministerio de Educación señaló que la instalación de cámaras de vigilancia en aulas y espacios escolares solo puede realizarse bajo estrictos criterios de necesidad, proporcionalidad y consentimiento informado. La entidad recordó que las aulas son consideradas espacios semiprivados, por lo que cualquier registro audiovisual puede impactar los derechos fundamentales a la intimidad y a la imagen de estudiantes y docentes.
De acuerdo con el concepto emitido por la cartera educativa, cuando se trate de menores de edad es indispensable contar con autorización expresa y escrita de los padres, madres o acudientes antes de implementar sistemas de vigilancia dentro de los salones de clase. Asimismo, las instituciones educativas deben informar claramente los fines de las grabaciones y garantizar medidas de seguridad y confidencialidad sobre el manejo del material recolectado.
El Ministerio concluyó que este tipo de medidas debe evaluarse con especial cautela debido a la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Por ello, recomendó a los colegios establecer protocolos claros sobre el tratamiento de datos personales y verificar que la instalación de cámaras sea realmente necesaria para proteger la convivencia y la seguridad escolar.
Directora Ejecutiva.
