
22 de septiembre, 2025.
La Fiscalía General de la Nación reiteró que la violencia intrafamiliar es un delito que no depende de la convivencia entre agresor y víctima. Esta conducta puede presentarse entre cónyuges, compañeros permanentes, padres no convivientes, cuidadores o parejas extramatrimoniales estables, siempre que exista un vínculo de dependencia o vulnerabilidad que genere subordinación.
El delito abarca distintas formas de agresión:
- Física: golpes o lesiones.
- Psicológica: amenazas, insultos, humillaciones o manipulación.
- Económica: control o restricción de recursos financieros.
- Sexual: actos forzados o sin consentimiento.
Cada modalidad afecta la integridad, dignidad y bienestar de la víctima, dejando secuelas físicas, emocionales y sociales.
Las autoridades llaman a denunciar oportunamente estos casos, bien sea como víctima o testigo, a través de:
- El sitio web de la Fiscalía.
- La línea gratuita 122
Recibida la denuncia, la Fiscalía inicia las acciones legales necesarias para proteger a la víctima y sancionar al agresor.
Conclusión:
La violencia intrafamiliar constituye una grave violación de derechos humanos y puede configurarse incluso sin convivencia. El llamado de la Fiscalía es a denunciar de inmediato para activar las medidas de protección y asegurar la sanción de los responsables.
