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DERECHO DE FAMILIA

Reconocimiento legal de las Familias de Crianza en Colombia: Nueva Ley y procedimientos

02 de octubre, 2024.

Recientemente, Colombia ha promulgado una ley que introduce la definición legal de «familia de crianza» en el ordenamiento jurídico del país, reconociendo formalmente sus derechos y estableciendo un procedimiento claro para el reconocimiento de los hijos de crianza.

De acuerdo con la nueva normativa, la declaración de reconocimiento como hijo de crianza se tramitará ante un Juez de familia o Notario mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria, conforme al Libro III, Sección IV del Código General del Proceso. Este procedimiento se caracteriza por su carácter no contencioso, permitiendo una tramitación más accesible y menos conflictiva para los involucrados.

El reconocimiento de un hijo de crianza también podrá formalizarse a través de escritura pública, siempre que se cumpla con ciertos requisitos probatorios. Entre estos requisitos se incluyen:

  • Registro Civil de Nacimiento: Para verificar la identidad de los padres biológicos y confirmar si estos han fallecido.
  • Evidencia de Relación con los Padres Biológicos: Demostrar una relación inexistente o precaria con los padres biológicos y la acogida del menor por parte de la familia de crianza, mostrando la existencia de fuertes lazos de solidaridad, afecto y respeto, así como la satisfacción de sus necesidades durante un periodo no menor de cinco años.
  • Custodia Provisional: Si se trata de menores de edad, se debe presentar evidencia del otorgamiento de la custodia provisional.

Además, si alguna de las partes involucradas tiene limitaciones en su capacidad, se deberá designar un curador ad litem para proteger y garantizar los derechos de la persona afectada durante el trámite.

Una vez que la sentencia de declaración de reconocimiento de hijo de crianza sea firme, la autoridad competente en asuntos de familia realizará visitas periódicas durante los seis meses siguientes a la fecha de ejecutoria de la sentencia. Estas visitas tienen como objetivo asegurar que la familia de crianza y el menor se ajusten a las condiciones establecidas y que se mantenga el bienestar del niño.

La promulgación de esta ley representa un avance significativo en el reconocimiento y protección de las familias de crianza en Colombia, facilitando el proceso legal para formalizar estos vínculos afectivos y garantizar los derechos de los menores que forman parte de estas familias.

Congreso de la República, Ley, 2388, 26/07/2024.

 

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Directora Ejecutiva.