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DERECHO DE FAMILIA

Guía legal para suspender la convivencia matrimonial sin necesidad de divorciarse

15 de octubre, 2025. 

En Colombia, la separación de cuerpos es una figura jurídica que permite a los cónyuges suspender la convivencia sin romper el vínculo matrimonial. Este mecanismo puede solicitarse de común acuerdo cuando los esposos deciden no seguir viviendo juntos, pero no desean divorciarse. Según el Ministerio de Justicia, la decisión debe formalizarse para que tenga plena validez, lo que implica inscribir el acta correspondiente en el registro civil de matrimonio. Además, los esposos pueden solicitar la disolución de la sociedad conyugal, lo que les permite separar legalmente sus patrimonios.

El trámite puede realizarse ante notarías, centros de conciliación, defensores o comisarías de familia, sin necesidad de abogado. Una vez presentada la solicitud, la autoridad revisa los requisitos y, si se cumplen, se expide un acta de conciliación o escritura pública. Este documento se registra posteriormente en el registro civil de matrimonio. Cuando se adelanta en entidades públicas, el proceso no genera costos; en cambio, notarías o centros privados pueden cobrar tarifas por su gestión.

Si no existe acuerdo entre los cónyuges, el proceso debe llevarse ante un juzgado de familia. En este escenario, el juez resuelve aspectos clave como la custodia y visitas de los hijos, el pago de alimentos y las obligaciones económicas entre los esposos. La demanda debe acompañarse de los registros civiles de matrimonio y de los hijos, y puede incluir la solicitud de disolver la sociedad conyugal, definir la administración de bienes y pactar las condiciones de manutención. La separación puede decretarse con carácter indefinido o temporal, con una duración máxima de un año prorrogable por otro.

Finalmente, es importante señalar que, de acuerdo con la ley, si la separación de cuerpos se prolonga por más de dos años consecutivos, esta puede convertirse en causal de divorcio. Por ello, se configura como una alternativa útil para quienes desean interrumpir su vida en común, organizar el manejo de bienes y responsabilidades familiares, pero sin extinguir inmediatamente el vínculo matrimonial. Así, esta figura ofrece un equilibrio entre la autonomía de los cónyuges y la protección legal de la familia.

 

Directora Ejecutiva.