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18 de septiembre, 2025.

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de nueve años de prisión a un hombre por actos sexuales con menor de 14 años, e hizo un fuerte llamado a evitar la estigmatización y revictimización de las víctimas de delitos sexuales, especialmente cuando se trata de menores de edad.

El tribunal advirtió que estigmatizar a una víctima prolonga su sufrimiento y constituye una forma de violencia adicional. Señaló que una sociedad que duda, calla o sanciona socialmente a las víctimas se convierte en cómplice del abuso, desconociendo el respeto por la dignidad humana que debe prevalecer en estos casos.

En el caso concreto, la víctima, una niña abusada por el padre de una vecina, fue rechazada y humillada en su colegio tras la denuncia. Sus compañeros la llamaban “la violada” y su credibilidad fue cuestionada por profesores y familiares de amistades cercanas. Esta situación la obligó a cambiar de institución educativa, lo que evidenció la falta de garantías mínimas de respeto y protección.

La Corte enfatizó que el daño a las víctimas de abuso sexual no termina con el acto violento, sino que se prolonga a través de consecuencias como el rechazo social, la estigmatización, la autoexclusión y la persecución escolar. Estos efectos pueden afectar gravemente la autoestima, identidad y bienestar emocional de los menores.

Conclusión:

El fallo subraya que el sistema judicial y la sociedad tienen la obligación de proteger y apoyar a las víctimas de delitos sexuales, evitando su revictimización y garantizando su dignidad. La justicia no solo debe sancionar al agresor, sino también contribuir a la restauración integral del bienestar de la víctima.

 

Directora Ejecutiva.