
23 de septiembre, 2025.
En Colombia, las víctimas de inasistencia alimentaria pueden presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación sin necesidad de abogado y sin costos. La denuncia puede hacerse verbal o escrita, incluyendo pruebas como registros de pagos o comunicaciones.
Una vez radicada, la Fiscalía adelanta la investigación e inicia con una audiencia preliminar, en la que se busca un acuerdo entre las partes. Si este no se logra, la Fiscalía continúa la investigación y, de existir evidencia suficiente, se inicia un proceso penal ante un juez competente. Este determinará si hay responsabilidad y, en caso afirmativo, impondrá la condena correspondiente.
Es importante resaltar que la inasistencia alimentaria es un delito no querellable, por lo que no puede retirarse la denuncia. Además, los acuerdos alcanzados deben ser aprobados por un juez. Entre las medidas judiciales para garantizar el cumplimiento están el embargo de salarios o bienes y la inclusión del deudor en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios (REDAM), lo cual facilita el control y acarrea sanciones que pueden afectar la situación financiera y legal del infractor.
Conclusión:
El trámite de denuncia por inasistencia alimentaria es accesible, gratuito y busca garantizar los derechos de los menores de edad. Si no hay conciliación, la Fiscalía y los jueces deben asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria mediante sanciones y medidas efectivas.
Directora Ejecutiva.
