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27 de marzo, 2025.

La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha reafirmado que el delito de violencia intrafamiliar puede configurarse incluso después de la separación formal de la pareja, sin necesidad de que cohabiten. Esta postura se basa en la protección del bien jurídico de la armonía familiar, que puede verse afectada cuando persisten actos de maltrato tras la ruptura .

Este enfoque reconoce que la violencia de pareja puede intensificarse en fases específicas, especialmente cuando la mujer decide terminar la relación. La perspectiva de género es esencial para comprender las dinámicas de control y subordinación que subyacen en estos casos, permitiendo a los jueces valorar cómo las agresiones trascienden la convivencia física y afectan la unidad familiar .

En un caso reciente, la Corte Suprema analizó la conducta de un individuo que, tras la separación, continuó agrediendo a su expareja ya su hija menor. El tribunal concluyó que estos actos perpetuaban una dinámica de control y maltrato dentro del núcleo familiar, constituyendo una agresión contra la armonía familiar que merece el mayor reproche .

Este fallo amplía la definición de violencia intrafamiliar en Colombia, ofreciendo nuevas herramientas legales para proteger a las personas afectadas, incluso después de la ruptura de la relación. La decisión sienta un precedente fundamental en el sistema judicial colombiano, al reconocer que la violencia intrafamiliar puede persistir más allá de la convivencia física, afectando la integridad de las víctimas y la unidad familiar .

La Corte enfatizó la importancia de que los jueces adopten una mirada integral y contextual en casos de violencia contra las mujeres, incorporando la perspectiva de género en el análisis probatorio. Esto responde a la necesidad de visibilizar las fases y dinámicas de la violencia de pareja, y de dimensionar su impacto en la integridad física y psicológica de las víctimas, así como en el núcleo familiar, más allá de la ruptura formal de la relación. (M. P. Gerardo Barbosa Castillo).

Este pronunciamiento subraya el compromiso del sistema judicial colombiano en la protección de las víctimas de violencia intrafamiliar, reconociendo que la ausencia de convivencia no exime de responsabilidad a quien perpetra actos de violencia contra su expareja. La decisión es un paso significativo hacia la erradicación de la violencia de género y la promoción de relaciones familiares basadas en el respeto y la igualdad.

 

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Directora Ejecutiva.