
Actualmente el divorcio civil está limitado a nueve causales.
La Corte Constitucional recibió dos demandas que buscan que los colombianos tengan mayor libertad para poder divorciarse, con el fin de que una persona pueda pedir la separación sin estar atado a unas causales específicas.
La primera demanda fue presentada por la ciudadana Olga Cecilia Lopera Bonilla, quien pidió que se tumbe un artículo de la ley de 1992 y del Código Civil que establece una serie de causales por las que una persona puede divorciarse.
Esas causales son: las relaciones sexuales extramatrimoniales, el grave e injustificado incumplimiento de alguno de los cónyuges a sus deberes como esposos y padres, el maltrato, la embriaguez habitual, el uso habitual de drogas, las enfermedades graves o incurables, tanto físicas como psíquicas, que pongan en peligro la salud del otro cónyuge.
También son causales de divorcio las conductas que puedan «corromper o pervertir al otro», la separación de cuerpos (judicial o de hecho) que se haya dado por más de dos años, y los casos en los que sea de común acuerdo con el consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante un juez.
Esas causales hacen que solo bajo esos requisitos se pueda pedir el divorcio, y que el cónyuge culpable (el que llevó a que se cometieran en la pareja alguna de las anteriores conductas) tenga que pagar una cuota de alimentos al cónyuge inocente.
La demandante asegura que esas exigencias son contrarias a la igualdad porque esos mismos requisitos no se les exigen a quienes contraen matrimonio a través de la Iglesia, a pesar de que el matrimonio que se hace por el rito católico implica que esa unión tiene un reconocimiento civil.
Según Lopera, el concordato de 1973 que se suscribió con la Santa Sede validó la nulidad del matrimonio católico, y permitió «invocar unilateralmente» esa nulidad ante el Tribunal Eclesiástico, «ya sea que la causa provenga de actos, hechos o situaciones del actor, de su cónyuge o de ambos».
Para Lopera es injustificado que en Colombia se les permita sólo a quienes contraen un matrimonio católico solicitar el divorcio unilateralmente y por causas distintas a las que estableció la ley en el Código Civil. A su juicio, esa diferencia entre los matrimonios que se hacen con el rito religioso católico y los civiles «implica una desigualdad en los derechos de quienes no hacen parte de una determinada confesión religiosa o iglesia».
La demandante dice que a las parejas que se casan con los matrimonios civiles no sólo se les viola su libertad de culto, sino que también se viola el libre desarrollo de la personalidad, al no poder solicitar la separación por causales más amplias que las que hoy exige la ley.
La diferencia entre divorcios católicos y civiles implica una desigualdad en los derechos de quienes no hacen parte de una determinada confesión religiosa o iglesia
Otra diferencia que la demandante considera injusta es que en los ritos católicos uno de los miembros de la pareja puede pedir el divorcio y alegar un «ánimo de infidelidad», sin que por ello se le condene a un pago de alimentos. El matrimonio católico tampoco exige la separación de cuerpos, pues la pareja puede seguir viviendo junta mientras se acepta el divorcio.
Esas diferencias, dice Lopera, son injustas debido a que «a las personas casadas válidamente por un rito religioso se les otorgan los mismos derechos y obligaciones legales que a las personas casadas por el rito civil».
Así, la demandante afirma que a diferencia de quienes se casan por ritos católicos, a los casados civilmente «se les restringe el divorcio a nueve causales taxativas», dejando por fuera una amplia gama de situaciones que pueden llevar a que cualquier de los miembros de la pareja no quiera o no pueda continuar el vínculo matrimonial en su proyecto de vida.
La segunda demanda que revisa la Corte Constitucional sobre el divorcio fue presentada por un ciudadano contra varios artículos del Código Civil y la ley de 1992.
El demandante asegura que esas leyes imponen restricciones al derecho a solicitar el divorcio, pues sólo puede hacerlo «el cónyuge que no haya dado lugar a los hechos que motivan el divorcio», y los restringe en un periodo de tiempo lo que, a su juicio, va en contra del derecho a la igualdad.
También asegura que se viola la intimidad de la familia al exigirse una prueba de la causal que lleva a pedir la nulidad. En ese sentido, el demandante asegura que «el divorcio sin causales es una medida necesaria» porque permitiría garantizar que una persona elija libremente su estado civil, se eviten enfrentamientos entre personas y familias, se prevenga la comisión de delitos contra cónyuges, hijos y violencia intrafamiliar.
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