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DERECHO DE FAMILIA

¿Cómo solicitar cambio o adición de medidas de protección ante hechos de violencia?

08 de septiembre, 2025. 

Las personas víctimas de violencia cuentan con el derecho de solicitar la modificación o adición de las medidas de protección previamente ordenadas, cuando ocurren nuevos hechos o varía la situación de riesgo que enfrentan. Esta solicitud puede ser presentada directamente por la víctima o por medio de su abogado ante la comisaría de familia competente, autoridad encargada de verificar las circunstancias y decidir si procede ajustar o ampliar dichas medidas.

El procedimiento es gratuito y no requiere la intervención de un abogado, lo que facilita el acceso a la protección. Las solicitudes pueden realizarse ante las comisarías de familia, los jueces civiles municipales, los jueces promiscuos municipales o con el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo. La comisaría, una vez recibida la petición, debe emitir una decisión fundamentada en la verificación de los hechos, la cual podrá materializarse en una resolución definitiva o en un trámite posterior, particularmente cuando se trate de sanciones por incumplimiento del agresor.

Cabe señalar que la normatividad vigente permite modificar tanto medidas provisionales como definitivas, según lo exija la situación. En los casos en que se vean involucrados niños, niñas o adolescentes, el defensor de familia está facultado para intervenir y presentar la solicitud correspondiente, en aras de garantizar la protección integral de sus derechos fundamentales.

En suma, el mecanismo de modificación o adición de medidas de protección constituye una herramienta esencial para brindar una respuesta oportuna y efectiva frente a las distintas formas de violencia, reforzando la capacidad de reacción del Estado y asegurando a las víctimas un amparo adecuado frente a los riesgos que enfrentan en su entorno.

Directora Ejecutiva.