
2 de septiembre, 2025.
En Colombia, los padres o cuidadores pueden solicitar el aumento de la cuota alimentaria cuando existen nuevas necesidades económicas que lo justifiquen, como mayores gastos médicos o escolares. Este proceso puede iniciarse de forma amigable mediante una conciliación ante centros de conciliación, notarías, comisarías de familia o defensorías de familia, o, en caso de no llegar a un acuerdo, a través de la vía judicial.
Durante la conciliación, las partes presentan sus posiciones y el conciliador puede proponer fórmulas de arreglo. Si hay acuerdo, se firma un acta con fuerza legal; si no, se emite una constancia de no acuerdo que habilita al solicitante para acudir a un juez de familia. En este escenario, se deben aportar pruebas que respalden el aumento, como facturas de gastos o certificados educativos.
El proceso judicial no tiene costo y no requiere abogado, lo que garantiza un fácil acceso a la justicia. El juez citará a las partes, evaluará las pruebas y tomará una decisión sobre la modificación de la cuota. Es fundamental señalar que, mientras se adelanta el trámite, la cuota vigente debe seguir pagándose, pues su incumplimiento puede derivar en el delito de inasistencia alimentaria.
Finalmente, la ley establece que ambos padres tienen la obligación de contribuir al sostenimiento de sus hijos hasta con el 50% de sus ingresos, priorizando esta responsabilidad sobre otras deudas. Con ello se busca garantizar el bienestar y desarrollo integral de los menores, reforzando la importancia de que los aumentos en la cuota alimentaria respondan tanto a las necesidades de los hijos como a la capacidad económica de los progenitores.
Directora Ejecutiva.
