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DERECHO DE FAMILIA

Alimentos provisionales durante el proceso de divorcio son para atender necesidades básicas

21 de agosto, 2025.

En los procesos de divorcio, la fijación de alimentos provisionales es una medida cautelar destinada a garantizar las necesidades básicas de los hijos y del cónyuge que dependen económicamente del otro. La Corte Suprema de Justicia señaló que su omisión vulnera derechos fundamentales como el mínimo vital, la vida digna, la educación y el sostenimiento de los afectados, pudiendo generar daños irreparables.

En un caso reciente, la Sala Civil amparó los derechos de una madre y sus hijos —un adolescente de 17 años y un joven de 23 años— después de que un juzgado negara los alimentos provisionales durante el trámite de divorcio. El Tribunal resaltó que la negativa desconoció el carácter urgente de la medida y desnaturalizó su función preventiva, al poner en riesgo el bienestar de la familia durante el proceso.

La Corte enfatizó que no es necesario esperar la sentencia definitiva para decretar estos alimentos, ya que su naturaleza es transitoria y busca evitar perjuicios inmediatos. En conclusión, los jueces deben adoptar estas medidas sin dilaciones, garantizando así la protección efectiva de los derechos fundamentales de los miembros de la familia en procesos de divorcio.

 

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Directora Ejecutiva.